La avaricia rompe el saco
Ya hemos recibido la primera sentencia de las demandas presentadas por CGT por las modificaciones sustanciales que la empresa realizó en el mes de junio y por la que la empresa modificab unilateralmente el turno de 7 personas. Por supuesto, hemos ganado y la compañera afectada recupera su turno.
“La empresa puede realizar MSCT dentro de su poder de dirección y organización, pero con carácter excepcional, siempre que sean necesarias y resulten justificadas. La medida realmente
persigue que la empresa obtenga un mayor beneficio con el menor coste, a costa de lo trabajadores de la empresa, variando sustancialmente sus condiciones de trabajo, y haciéndolas más gravosas para ellos, con coste cero para
la empresa. La medida adoptada no supera el parámetro de “racionalidad” exigido para justificar
la modificación operada, que además resulta absolutamente desproporcionada”. Esto, aunque lo compartimos plenamente, no lo dice la CGT, lo
dice la sentencia.
Pero además en estos mismos días hemos recibido también la sentencia del Tribunal Supe-
rior de Justicia de Madrid por la MSCT que en octubre de 2018 la empresa aplicó a buena parte
de las personas que trabajan en SANTANDER SPL y también la hemos ganado. En realidad el
Juzgado de lo Social ya nos había dado la razón en su momento, pero la empresa la había recu-
rrido, y ahora de nuevo los juzgados le dicen que se peine y que deje de partirles la vida a sus tra-
bajadores y trabajadoras.